El despido por causales de caducidad


La presente publicación da comienzo al análisis de las causales de despido que producen la caducidad del contrato de trabajo, de conformidad a la terminología usada por la doctrina y la jurisprudencia.

Por el término causales de caducidad nos referimos a ciertas conductas imputables al trabajador, por cuya ejecución se extingue el contrato de trabajo, sin derecho a indemnización alguna.

Causales de caducidad del contrato de trabajo

Las causales de caducidad del contrato de trabajo están taxativamente señaladas en el artículo 160 del Código del Trabajo, y son las siguientes:

1.- Alguna de las conductas indebidas de carácter grave, debidamente comprobadas, que a continuación se señalan:

  • a) Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones;
  • b) Conductas de acoso sexual;
  • c) Vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa;
  • d) Injurias proferidas por el trabajador al empleador, y
  • e) Conducta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se desempeña.

2.- Negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro del negocio y que hubieren sido prohibidas por escrito en el respectivo contrato por el empleador.

3.- No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de tiempo; asimismo, la falta injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra.

4.- Abandono del trabajo por parte del trabajador, entendiéndose por tal:

  • a) la salida intempestiva e injustificada del trabajador del sitio de la faena y durante las horas de trabajo, sin permiso del empleador o de quien lo represente, y
  • b) la negativa a trabajar sin causa justificada en las faenas convenidas en el contrato.

5.- Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos.

6.- El perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías.

7.- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.

Relevancia de las causales de caducidad

El conocimiento y precisa aplicación de estas causales resulta de gran importancia tanto para el trabajador como para el empleador, según veremos a continuación.

Relevancia para el trabajador

Conocer las causales de caducidad del contrato de trabajo y su correcta aplicación no se vincula solo a su derecho de impugnar su despido como injustificado, sino que además le interesan para efectos del autodespido o despido indirecto. En efecto, la concurrencia de las causales del artículo 160 Nº 1, 5 y 7, pero por parte del empleador, permiten al trabajador ejercer el despido indirecto.

Relevancia para el empleador

Para el empleador la aplicación de una causal de caducidad es una tarea delicada. La aplicación injustificada de estas causales le hará responsable del pago de una indemnización incrementada en un ochenta por ciento, y en ciertos casos, de hasta un cien por ciento. En este sentido, se debe ser muy cauteloso al momento de aplicar alguna causal de caducidad, pues deberán existir antecedentes sólidos que justifiquen que la conducta del trabajador se encuadra en alguna de ellas.

Análisis detallado de las causales de caducidad

Si bien el texto de la ley parece claro, la importancia de estas causales de término del contrato de trabajo demanda un análisis particular, por lo que en publicaciones posteriores abordaremos algunas de estas causales en detalle.